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Ventajas fiscales del renting para autónomos y empresas

6 jun. 2022

Los beneficios fiscales que supone el renting siempre han sido un enorme atractivo para empresas y autónomos. Te explicamos las principales ventajas en este aspecto.

El renting de coches siempre ha estado asociado a las empresas y a los autónomos, ya que esta fórmula les ha permitido disfrutar de grandes ventajas. La externalización de la flota de vehículos supone un ahorro de tiempo y costes a la hora de delegar las gestiones administrativas a la compañía de renting. Y no solo eso: también implica importantes beneficios fiscales a la hora de pagar impuestos.

Los contratos de renting permiten acceder a desgravaciones fiscales en las declaraciones anuales, una de las vías más exitosas para deducir gastos en empresas y autónomos. Mientras que la opción de adquirir coches en propiedad supone estar sujeto a largos plazos de amortización, el renting permite una alternativa mucho más económica para reducir costes.

Ventajas fiscales para empresas

Las empresas pueden llegar a deducir el total de la cuota de su coche o flota de renting tanto en el IRPF como en el Impuesto de Sociedades. También será posible deducir el IVA hasta el 50% sin problemas; dependiendo de la utilización que tenga el vehículo, puede variar el porcentaje.

Los beneficios fiscales del renting para empresas se pueden resumir en los siguientes:

• IRPF e Impuesto de Sociedades: deducible hasta el 100% en ambos casos, debido al uso profesional del vehículo o flota de vehículos de renting.

Deducción del IVA: siempre que se demuestre que el vehículo de renting tiene fines profesionales y su utilización sea imprescindible para el desarrollo de la actividad de la empresa. Por lo general se puede deducir el 50% del IVA, en caso de que se demuestre la utilización en exclusiva, la deducción puede alcanzar el 100% del IVA.

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Ventajas fiscales para autónomos

Al igual que con las empresas, los autónomos pueden beneficiarse de la deducción de la cuota mensual de renting en el IRPF o el Impuesto de Sociedades. Esto será posible siempre que se demuestre que se trata de un gasto necesario para desarrollar la actividad profesional, y supondrá un impacto directo en los beneficios fiscales.

El renting para autónomos cuenta con las mismas desgravaciones fiscales que para las empresas: la deducción hasta el 100% del Impuesto de Sociedades y el IRPF, y la deducción del IVA entre el 50% hasta el 100% en caso de que se pueda demostrar su dedicación exclusiva al ámbito profesional.

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Cómo acreditar el renting para actividades profesionales

Para alcanzar la deducción del 100% del IVA será necesario demostrar que el vehículo de renting está exclusivamente dedicado a la actividad del negocio. En ningún caso se podrá emplear el vehículo de renting fuera del ámbito empresarial, ya que de esa manera no podría aplicar la deducción del IVA en su totalidad. Para acreditar este hecho a la Agencia Tributaria, se puede justificar a través de hechos probados como los siguientes:

  • Estacionar el vehículo durante los fines de semana en un garaje próximo a la sede de la empresa con videovigilancia las 24 horas.
  • Disponer de un sistema de geolocalización del vehículo.
  • Presencia del logotipo o marca de la empresa visible en el exterior del vehículo.
  • Contar con acreditación de un vehículo para uso personal.