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Cómo funciona el renting durante el estado de alarma

24 mar. 2020

Te aclaramos todas las dudas sobre cómo funciona el servicio de renting de coches durante la vigencia del estado de alarma.

La crisis sanitaria del coronavirus ha afectado de lleno todo el país. Desde las consecuencias a nivel global hasta la rutina diaria de cada ciudadano, esta situación nos ha llevado a medir nuestra capacidad de adaptación. El confinamiento de la población en sus hogares fijado por el decreto ley ha perturbado por completo la normalidad cotidiana de nuestras vidas.

Las medidas de confinamiento responden a la urgencia nacional de limitar los movimientos de la población para evitar la expansión del contagio del COVID-19. La rápida propagación del virus y la imposibilidad de reconocer si una persona está infectada si no se somete a un test, hace que sea vital extremar precauciones para frenar la curva de contagios.

Por este motivo, el Real Decreto 464/2020 por el cual se establece el estado de alarma tiene el objetivo fundamental proteger la salud y seguridad de la ciudadanía estableciendo duras restricciones a la circulación de la población. Desde el lunes 16 de marzo a las 8.00h, España tiene establecida oficialmente la limitación de la circulación de las personas por el territorio nacional.

De este modo, se han forzado todo tipo de medidas encaminadas a que la población realice la menor cantidad de desplazamientos posibles y queden confinado en sus hogares para conseguir el descenso de infectados y fallecidos a causa del virus.

¿Está permitido el renting durante el estado de alarma?

A pesar de todas las limitaciones en el desplazamiento por carretera, no hay ninguna mención explícita que afecte al servicio de renting de vehículos. Por tanto, sí que está permitida la contratación y vigencia de contratos de renting de vehículos durante el estado de alarma.

Sin embargo, resulta necesario aclarar muchos conceptos relativos a la circulación de vehículos de todo tipo, ya que esta situación anómala plantea cuestiones de todo tipo relacionadas con el uso del coche.

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Puedes utilizar tu coche de renting durante el estado de alarma, pero la circulación por carretera y tus desplazamientos estarán muy restringidos. A continuación, te explicamos las cuestiones más importantes. Te recomendamos que sigas nuestros consejos para mantener tu vehículo durante el confinamiento para conservarlo en las mejores condiciones.

¿Cuándo puedo utilizar mi coche de renting durante el estado de alarma?

El decreto que fija las normas durante del estado de alarma establece los siguientes supuestos para circular con el coche en vías públicas:

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

En resumen, la circulación con tu coche de renting durante el estado de alarma solo será posible para acudir a tu trabajo desde casa, ir al supermercado o a la farmacia, asistir a personas dependientes, acudir al médico o repostar tu vehículo. En cualquier caso, es aconsejable reducir al máximo los desplazamientos y contar siempre con algún documento acreditativo del motivo de desplazamiento para presentárselo a las autoridades competentes si es requerido.

Las normas no son rígidas pero permiten una flexibilidad relativa. Por poner un par de ejemplos opuestos, el presidente del Gobierno en su comparecencia inicial del estado de alarma señaló que un residente de Madrid puede desplazarse en coche a su trabajo en Segovia sin ningún impedimento. Sin embargo, algunos ciudadanos ya han sido sancionados por acudir desde un núcleo de población a otro bastante alejado por la rutina de adquirir un alimento particular que pueden adquirir en establecimientos cercanos a su residencia.

¿Cuántas personas pueden circular en coche durante el estado de alarma?

Una cuestión capital y que ha acarreado no pocas sanciones es el número de ocupantes en un vehículo. Se obliga a conducir de manera individual durante el estado de alarma, es decir, sólo puede circular el conductor dentro del vehículo, sin acompañantes.

Las excepciones a este caso se encuentran en que un segundo o hasta tercer ocupante sean personas con discapacidad, a menores, a personas mayores, o exista otra causa debidamente justificada.

La responsabilidad de valorar estas excepciones recae en las fuerzas policiales, y el incumplimiento de esta norma conlleva sanciones económicas que rondan desde 300 hasta 1.500 euros.

¿Puedo circular con mi coche de renting con el permiso de conducir caducado?

Si la vigencia de tu permiso de conducir caduca durante el estado de alarma, podrás circular con tu coche de renting de igual forma. El Ministerio del Interior ha dictado una orden el sábado 21 de marzo en el BOE que señala que todos los permisos y licencia de conducción, así como otra autorizaciones administrativas para conducir quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el estado de alarma y hasta sesenta días naturales después de su finalización

De igual forma, los permisos de conducción extranjeros válidos en España quedan modificados por esta orden y el cómputo de validez seis meses queda paralizado durante el estado de alarma, y se reanudará una vez finalizado ese periodo.

¿Se ha producido el cierre de carreteras?

No exactamente: el Estado podrá establecerlo cuando lo considere conveniente. La orden emitida el sábado 21 de marzo establece que se podrá acordar el cierre a la circulación de carreteraso tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.

Todo dependerá de lo que establezcan los organismos correspondientes cuando lo estipulen conveniente.

¿Qué vehículos están autorizados a circular en todo caso?

La lista de vehículo que podrán circular por carreteras de acceso restringido es la siguiente:

  • Vehículos de auxilio en carretera
  • Vehículos y servicios de conservación y mantenimiento de carreteras.
  • Vehículos de distribución de medicamentos y material sanitario.
  • Vehículos de recogida de residuos sólidos urbanos.
  • Vehículos de distribución de alimentos.
  • Transporte de materiales fundentes, combustibles y de ganado vivo.
  • Transporte de mercancías perecederas (frutas, verduras frescas y otros), siempre que la mercancía suponga al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupe la mitad del volumen de carga útil del vehículo.
  • Vehículos de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
  • Vehículos de emergencias o de fuerzas y autoridad del Estado.
  •  Vehículos que contribuyan a garantizar el suministro de bienes o la prestación de servicios esenciales para la población.