Desde el 21 de marzo de 2022 ha entrado en vigor una nueva ley de tráfico, con el objetivo primordial de reducir la siniestralidad en carretera. En este artículo repasamos las principales novedades de esta norma.
«Nuevos tiempos. Nuevas normas«. Este ha sido el eslogan elegido por la Dirección General de Tráfico para dar a conocer la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, promocionada en medios desde mediados de febrero de este año y puesta en vigor desde el lunes 21 de marzo. Una norma que persigue distintos objetivos, siendo el principal la reducción de la siniestralidad en carretera, ya que la primera causa de los accidentes mortales son las distracciones al volante durante la conducción.
Otras características importantes son la apuesta por la protección del medioambiente, con referencias explícitas a zonas de bajas emisiones contaminantes. La regulación del vehículo autónomo resulta otra medida novedosa e inédita hasta la fecha, para dotar de un marco jurídico que garantice la seguridad vial y susceptible de irse ampliando con el tiempo.
Tabla de contenidos
Más sanciones por distracciones al volante, incremento de la seguridad ciclista, zonas de bajas emisiones contaminantes… Repasamos las principales novedades de esta norma y qué sanciones implican. Un paquete de normas adaptado a las nuevas formas de movilidad, conexión y comunicación de la sociedad.
Se incrementan hasta 6 puntos de sanción por utilizar dispositivos de telefonía móvil durante la conducción. Una medida que intentará disuadir su uso y evitar distracciones al volante, la primera causa de accidentes mortales desde 2016.
Queda prohibido que los turismos y motocicletas puedan rebasar los límites de velocidad en 20 km/h por carreteras convencionales a la hora de adelantar vehículos. Esta medida obedece al principio de Sistema Seguro de eliminar riesgos (en 2019 se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vías).
Se incrementa de 3 a 4 puntos por no hacer uso del cinturón de seguridad o utilizarlo de forma inadecuada, casco o sistemas de retención infantil. En las estadísticas de la DGT figura que uno de cuatro fallecidos en accidente de tráfico no llevaba puesto el cinturón de seguridad.
El gesto incívico de lanzar objetos como colillas o envoltorios desde la ventanilla durante la conducción supondrá sanciones de 500 euros y la pérdida hasta 6 puntos. Esta infracción pasa de grave o muy grave, por los riesgos que entraña a la hora de provocar accidentes o incendios en las inmediaciones.
En vías con más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar por completo de carril en adelantamientos a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta hasta 6 puntos de carné la sanción por adelantar a ciclistas sin respetar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros. A su vez, se prohíbe explícitamente parar o estacionar en carril bici.
En esta nueva ley se autoriza el empleo de dispositivos inalámbricos homologados para utilizar en el casco de conductores de moto y ciclomotor, siempre que no ponga en riesgo la seguridad en conducción. De esta manera, se mejora la comunicación y navegación durante la conducción.
Hasta la fecha, el periodo para recuperar puntos del carnet variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. A partir de ahora, se estipula un plazo de 2 años sin cometer infracciones para poder recuperar el saldo inicial de puntos. De esta manera, se facilita la comunicación y comprensión de este sistema.
Una Orden Ministerial se encargará de definir el contenido, requisitos y condiciones para realizar cursos de conducción segura y eficiente que permitirán recuperar hasta 2 puntos del carné. Esta medida se debe a que las formaciones adicionales en seguridad vial están teniendo una gran acogida y se considera una buena práctica entre conductores.
Se llegará a considerar como infracción muy grave el empleo de dispositivos de intercomunicación no autorizados en pruebas para la obtención de permisos de conducción o la recuperación de licencias. La sanción tendrá una cuantía de 500€ y el veto de no poder presentarse de nuevo a las pruebas durante un plazo de 6 meses.
Los menores de edad que conduzcan cualquier vehículo (bicicleta, vehículos sin motor, ciclomotores, motos de 125 cm³…) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0. Hacer lo contrario supondrá una infracción muy grave valorada en 500€ de multa.
A partir del 6 de julio de 2022 se hará efectiva la norma que obliga a los conductores de vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera a instalar alcoholímetros anti-arranque. Este dispositivo, conocido como alcolock, mide la concentración de alcohol en el aliento de un conductor y bloquea el motor de encendido del vehículo en caso de que lo supere.
Aquellos conductores que no respeten las restricciones de circulación en zonas de bajas emisiones en ciudad, serán sancionados con 200€ por infracción grave. Una medida enfocada a respetar las normas derivadas de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.
Por primera vez en toda su historia, la DGTcontempla en una Ley de Tráfico la existencia de coches autónomos, para regular el uso y desarrollo de vehículos automatizados. En esta ley se menciona que el «titular del sistema de conducción automatizado de un vehículo deberá comunicar al Registro de Vehículos del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico las capacidades o funcionalidades del sistema de conducción automatizada«. Un primer paso antes de permitir y regular su circulación por las carreteras de España.
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